Son: Ius puniendi. El derecho a imponer sanciones
pertenece al Estado a titulo de defensa social.
Método. El método es inductivo – experimental. La escuela
Positiva se caracteriza por su método científico.
Delito. El delito es un hecho de la naturaleza y debe
estudiarse como un ente real, actual y existente.
Delincuente. El delincuente es aquella persona que comete
delitos por influencias del medio en que vive. Busca la readaptación del
delincuente. Y para estos establece los Sustitutivos Penales.
Determinismo. La voluntad del hombre no juega
ninguna papel en sus actos. El hombre no tiene libre albedrío. El ser
humano esta determinado a cometer delitos.
La
responsabilidad penal. Sustituye
la responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el hombre
vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva en sociedad. El
hecho de que si no hay responsabilidad moral, no quiere decir que se pueden
quedar excluido del derecho.
La
Pena. El concepto de
Pena se sustituye por el de sanción.
La sanción va de acuerdo a la peligrosidad del criminal. Las sanciones deben
durar mientras dure la peligrosidad del delincuente, y por eso son de duración
indeterminada.
Proporcionalidad de la pena. Busca la proporcionalidad de la pena, no se
debe castigar conforme a lo que dicen los Códigos, sino que tiene que haber Sustitutivos Penales. P.ej., menor que comete asesinato no se lo puede
sancionar con 30 años de reclusión (CP, 252) antes debe estudiar sus
antecedentes, las causa porque cometió tal acto, las atenuantes, etc., Antes se
debe buscar su readaptación.
Tipos
de delincuentes. Acepta
"tipos" criminales.
Legislación Penal.
La legislación penal debe estar basada en los estudios antropológicos y
sociológicos.
La
ley penal. La ley penal no restablece el orden jurídico, sino que tiene
por misión la de combatir la criminalidad considerada como fenómeno social.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario