viernes, 9 de agosto de 2013

Teoría de la Criminología de la Reacción Social

CRIMINOLOGÍA DE LA REACCIÓN SOCIAL

Enfatizan el estudio de la actuación de la Sociedad que crea los Procesos de criminalización.

Los Procesos De Criminalización
            Pueden darse en tres (3) diferentes órdenes:
            1.-) Criminalización de conductas, estos serían los actos dirigidos a convertir una conducta licita en ilícita mediante la creación de la ley penal. Es decir, como la reacción social criminaliza conductas, mediante la creación de normas penales. Ejemplo: La violencia psicológica del hombre hacia la mujer no era delito hasta la aparición de La ley sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia. De manera que una conducta que fue lícita, luego de ser estudiada como fenómeno social y observar su impacto dañino para la familia y la mujer en especial, fue tipificada como punible, convirtiendo así, una conducta lícita en ilícita.

            2.-) Criminalización de individuos, son los procedimientos, situaciones, ritos o ceremonias que conducen a señalar como delincuente a determinadas personas en vez de a otras aunque todas hayan realizado hechos similares, mediante un sistema de selección que no ha sido fácil determinar en detalle. Es la reacción social operando en el terreno represivo institucional concreto.


            3.-) Criminalización del desviado, comprende el proceso social y psicológico que trasformarían a quienes no son más que simples desviados en criminales, mediante la colocación de etiquetas y la amplificación de la desviación. Estudiada ampliamente por la Escuela interaccionista a través de la Teoría del etiquetamiento.

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